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Mostrando entradas de 2011

PETROCARIBE: EL GRAN SECRETO DEL GOBIERNO DEL PLD

Elaborado por: Eladio Contreras R., Presidente Ejecutivo 809-816-5730 Petrocaribe es el Acuerdo de Cooperación Energética propuesto por el Gobierno Bolivariano de Venezuela, con el fin de resolver las asimetrías en el acceso a los recursos energéticos, por la vía de un nuevo esquema de intercambio favorable, equitativo y justo entre los países de la región caribeña, la mayoría de ellos sin control estatal del suministro de estos recursos. Está concebido como un organismo multilateral capaz de asegurar la coordinación y articulación de las políticas de energía, incluyendo petróleo y sus derivados, gas, electricidad, uso eficiente de la misma, cooperación tecnológica, capacitación y desarrollo de infraestructura energética; así como el aprovechamiento de fuentes alternas, como la energía eólica y solar, entre otras. Objetivo.- Petrocaribe busca contribuir con la transformación de las sociedades latinoamericanas y caribeñas, haciéndolas más justas, cultas, participativas y solidarias, por

El Presidente Desiste de Modificar Constitución

Eladio Contreras Reyes Director Editorial 809-816-5730 Llegó por fin el dia 8 de abril: El Presidente Fernández le hablaría al Pais. El Presidente dejó claro lo que todo el mundo ya esperaba: Que no modificaría la Constitución para poder presentarse de nuevo en las elecciones del 2012. Hizo algunas revelaciones históricas, sobretodo en lo relativo a las elecciones del 1998 y los intentos de modificación de la Constitución para permitir la reelección. Pero donde el Presidente Fernández llega al colmo es cuando dice que el artículo 124 prohibe la postulación para un próximo período; pero que ese artículo entraría en vigencia después de las elecciones del 2012. Aceptemos por un minuto la teoría del que más sabe, pero con cual Constitución se le eligió: La que establecía una repostulación y el nunca más. La Constitución de la República establece que los efectos de la misma entran en vigencia desde el momento mismo de su proclamación. La disposición dice asi: " Disposición final: Esta

QUE PASA EN LAS ALTAS ESFERAS DEL ESTADO DOMINICANO ?

Elaborado por: Eladio Contreras R. Director Editorial Los empresarios dominicanos parece que están pagando el haber participado con mucho entusiasmo y alegría en algunas actividades con los precandidatos ( Hipólito Mejía y Miguel Vargas ) a la Presidencia de la República, del Partido Revolucionario Dominicano. Desde el Palacio Nacional parece que se entiende que hay entendimientos entre empresarios y oposición que van más alla de las coincidencias casuales.Ya nadie cree el cuento de que personalidades de la vida empresarial y política lleguen casi juntos a restaurantes famosos y que para reducir la cuenta coman en la misma mesa. Eso ha provocado la ira oficial que está llevando a que se pierda la objetividad y la compostura de funcionarios públicos, comenzando con el número uno. Desde hace unos dias se está percibiendo una especie de falta de sincronización en pronunciamientos y acciones de los altos funcionarios de Estado Dominicano ( de los tres poderes del Estado ). El primero que

La Ley del Consejo Nacional de la Magistratura ( CNM ): Un Globo de Ensayo

Elaborado por: Eladio Contreras Reyes Director Editorial 809.816.5730 www.prensacriticalibre.blogspot.com La Ley del Consejo Nacional de la Magistratura ( CNM ): Un Globo de Ensayo. La sociedad dominicana está escandalizada por la violación flagrante a la Constitución, llevada a cabo por la Cámara de Diputados ante la ley del Consejo Nacional de la Magistratura ( CNM ). Los diputados oficialistas ( PLD y PRSC) aprobaron por mayoría simple las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo. El artículo 102 de la Constitución está redactado de una forma bastante clara y concisa que no admite otra interpretación. Reza así: “ Artículo 102.- Observación a la ley. Si el Poder Ejecutivo observa la ley que le fuere remitida, la devolverá a la cámara de donde procede en el término de diez días, a contar de la fecha en que fue recibida. Si el asunto fue declarado de urgencia, hará sus observaciones en el término de cinco días a partir de ser recibida. El Poder Ejecutivo remitirá sus observaciones i