Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de marzo, 2011

QUE PASA EN LAS ALTAS ESFERAS DEL ESTADO DOMINICANO ?

Elaborado por: Eladio Contreras R. Director Editorial Los empresarios dominicanos parece que están pagando el haber participado con mucho entusiasmo y alegría en algunas actividades con los precandidatos ( Hipólito Mejía y Miguel Vargas ) a la Presidencia de la República, del Partido Revolucionario Dominicano. Desde el Palacio Nacional parece que se entiende que hay entendimientos entre empresarios y oposición que van más alla de las coincidencias casuales.Ya nadie cree el cuento de que personalidades de la vida empresarial y política lleguen casi juntos a restaurantes famosos y que para reducir la cuenta coman en la misma mesa. Eso ha provocado la ira oficial que está llevando a que se pierda la objetividad y la compostura de funcionarios públicos, comenzando con el número uno. Desde hace unos dias se está percibiendo una especie de falta de sincronización en pronunciamientos y acciones de los altos funcionarios de Estado Dominicano ( de los tres poderes del Estado ). El primero que

La Ley del Consejo Nacional de la Magistratura ( CNM ): Un Globo de Ensayo

Elaborado por: Eladio Contreras Reyes Director Editorial 809.816.5730 www.prensacriticalibre.blogspot.com La Ley del Consejo Nacional de la Magistratura ( CNM ): Un Globo de Ensayo. La sociedad dominicana está escandalizada por la violación flagrante a la Constitución, llevada a cabo por la Cámara de Diputados ante la ley del Consejo Nacional de la Magistratura ( CNM ). Los diputados oficialistas ( PLD y PRSC) aprobaron por mayoría simple las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo. El artículo 102 de la Constitución está redactado de una forma bastante clara y concisa que no admite otra interpretación. Reza así: “ Artículo 102.- Observación a la ley. Si el Poder Ejecutivo observa la ley que le fuere remitida, la devolverá a la cámara de donde procede en el término de diez días, a contar de la fecha en que fue recibida. Si el asunto fue declarado de urgencia, hará sus observaciones en el término de cinco días a partir de ser recibida. El Poder Ejecutivo remitirá sus observaciones i