Elaborado por: Eladio Contreras Reyes Director Editorial 809.816.5730 www.prensacriticalibre.blogspot.com La figura de la Reelección Presidencial, en la época contemporánea, toma cuerpo específico a raiz de la crisis política del año 1994. Fue en la reforma de ese año, que se prohibió de forma categórica, la posibilidad de que el presidente de turno pudiera postularse. En la reforma constitucional de año 2002, sí se le confería la posibilidad de que el presidente de turno pudiera postularse, pero con la salvedad de que nunca más podía volver a presentarse en unas elecciones presidenciales. El Presidente Fernández fue electo al amparo de la Constitución del 2002, es decir, que bajo ese ordenamiento constitucional, ya sus posibilidades de presentarse a unas elecciones, quedaban anuladas, pues él había agotado su única reelección permitida. Qué dice el artículo 124, de la Nueva Constitución: Artículo 124.- Elección presidencial. El Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de ...
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